Expedición de títulos náuticos de recreo que habilitan para el manejo de embarcaciones deportivas.
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Pesca y Alimentación
Descripción:
Expedir a los ciudadanos que acrediten haber superado los exámenes y pruebas prácticas preceptivas los correspondientes títulos y tarjetas identificativas, que les capacita para el gobierno de las embarcaciones de recreo correspondientes.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos
Impresos:
Solicitud en modelo oficial.
Requisitos:
Acreditación documentalmente haber superado los exámenes teóricos, haber realizado las prácticas, haber satisfecho la tasa correspondiente y tener el reconocimiento médico actualizado.
Documentación:
Una foto tamaño carné. Certificados de examen, certificado de prácticas, reconocimiento médico, abono de tasa.
Tasa/Precio público:
Sí
Plazo presentación:
Durante todo el año
Fecha:
25 de septiembre del 2018
Lugar presentación :
En cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
Órgano instructor / Norma atributiva:
Escuela de F.P. Naútico-Pesquera / Orden de 16 de junio de 1997, de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, que establece las tarjetas acreditativas de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo y el procedimiento para su obtención.
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Directora General de Pesca y Alimentación. / Orden de 16 de junio de 1997, de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca, que establece las tarjetas acreditativas de las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo y el procedimiento para su obtención. Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa. En caso de silencio administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa especifica, se produzcan los efectos del silencio / Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación.
Normativa:
Real Decreto 875/2014, de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo. Orden de la Consejería de Ganadería, Agricultura y Pesca del Gobierno de Cantabria, de 16 de junio de 1997, sobre tarjetas acreditativas para el gobierno de las embarcaciones de recreo.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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