Autorización de vacíos sanitarios de explotaciones.
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Ganadería
Descripción:
Autorizar los vacíos sanitarios de explotaciones bovinas, ovinas y caprinas en el marco de las campañas de saneamiento.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Impresos:
Solicitud conforme modelo normalizado.
Requisitos:
Ser titular de una explotación afectada por alguna de las enfermedades objeto de campaña de saneamiento, o por una EET o por una de las enfermedades de la lista A del Anexo I del RD 2459/1996. Las enfermedades que podrán determinar la realización del vacío sanitario en la explotación serán: Tuberculosis bovina, ovina y caprina, Brucelosis bovina, ovina y caprina y Leucosis enzoótica bovina. Compromiso del titular de la explotación, si la solicitud es a instancia de parte, de mantener la titularidad de la misma, así como el pleno funcionamiento de la misma durante un período mínimo de 3 años.
Documentación:
Solicitud. En el caso de vaciado sanitario a instancia de parte se realizará según el modelo del anexo.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Todo el año desde el momento de la presentación del foco.
Fecha:
17 de septiembre del 2019
Lugar presentación :
Las solicitudes se presentarán en el Registro de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, directamente, o en los lugares y forma previstos en el artículo 105.4 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria .
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Sanidad y Bienestar Animal / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº.242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganadería y Pesca (BOE nº.281 de 23 de noviembre de 1982).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Director/a General de Ganadería. / Ley de Cantabria 6/2002 de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 242 de 18 de diciembre de 2002). Real Decreto 3114/1982 de traspaso de funciones y servicios del Estado en materia de Agricultura, Ganadería y Pesca (BOE nº 281 de 23 de noviembre de 1982).
Plazo de resolución:
3 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Negativo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de Alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Medio Rural, Pesca y Alimentación
Normativa:
Ley 8/2003 de 24 de abril, de Sanidad Animal (BOE nº 99 de 25 de abril de 2003). Orden 1 de junio de 2001, por la que se regula la realización de vaciados sanitarios en las explotaciones de ganado bovino, ovino y caprino en el marco de las campañas de saneamiento ganadero (BOC nº 117 de 19 de Junio de 2001).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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