Documentos de acreditación de verificadores (EMAS).
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Biodiversidad Medio Ambiente y Cambio Climático
Descripción:
Documentación que acredite la competencia de los verificadores medioambientales para realizar su actividad de evaluación en cada ámbito concreto.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Declaraciones y comunicaciones de los interesados
Tipo de destinatario:
Ciudadanos y Empresas
Requisitos:
1) La acreditación debe ser expedida por organismos de aceditación designados por los Estados miembros de conformidad con el artícuo 4 del Reglamento (CE) nº 765/2008 (L218/30 de 13 de agosto de 2008). 2) El ámbito de la acreditación o autorización de los verificadores medioambienales deberá estar determinada con arreglo a la clasificación de actividades económicas establecida por el Reglamento (CE) nº 1893/2006. Ese ámbito estará delimitado por la competencia del verificador medioambiental, y en él se tendrá en cuenta, cuando proceda, la envergadura y complejidad de la actividad.
Documentación:
No cumplimentado
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
31 de julio del 2020
Lugar presentación :
Registro de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Calle Albert Einstein, 2, 39011 Santander) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 134 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria..
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Biodiversidad, Medio Ambiente y Cambio Climático / Artículo 8 del Decreto 110/2001, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del Reglamento (CE) nº 761/2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con caracter voluntario a un sistema comunitario de gestion y auditoría medioambientales (BOCcNº 235 de 7 de diciembre de 2001) y artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica y modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente.
Plazo de resolución:
No tiene
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Normativa:
Reglamento CE 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo ala particpación voluntria de organizaciones en un sitema comunitario de gestión y autidorías medioambientales (DOCE L342/1 de 22 de diciembre de 2009).Reglamento CE nº 765/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2009, por el que se establecen los requisitos de carditación y vigilancia del mercado relativos a la comercialización de los productos y por el que se deroga el Reglamento CEE nº 339/93 (DOCE nº L218/30, de 17 de agosto de 20008). // Real Decreto 239/2013, de 5 de abril, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1221/2009 del parlamento europeo y del consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.º 761/2001 y las decisiones 2001/681/CE y 2006/193/CE de la Comisión. // Decreto 110/2001, de 28 de noviembre, por el que se establece el procedimiento para la aplicación en la Comunidad Autónoma de Cantabria del Reglamento (CE) nº 761/2001, por el que se permite que las organizaciones se adhieran con carácter voluntario a un sistema de gestión y auditoría medioambientales (BOC nº 236 de 7 de diciembre de 2001).
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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