Detalle:

Envio por parte de las empresas de los datos de emisiones y calidad del aire de los medidores en continuo y estaciones de inmisión de sus instalaciones.

Consejería:

Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient

Dirección General:

Subdirección General del Medio Natural

Descripción:

Información para que la Comunidad Autónoma en el ámbito de sus competencias, tome cuantas medidas sean necesarias para garantizar que el público en general y las entidades interesadas tales como las organizaciones ecologistas, empresariales, de consumidores y sanitarias, reciban información adecuada y oportuna acerca de la calidad del aire, de los indicadores ambientales elaborados por el Ministerio de Medio Ambiente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 19.1 y de los planes y programas para la protección de la atmósfera y para minimizar los efectos negativos de la contaminación atmosférica. Esta información se suministrará de forma clara y comprensible a través de medios de difusión fácilmente accesibles, incluido Internet. Esta información incluirá obligatoriamente: 1) La situación de la calidad del aire en relación con los objetivos de calidad vigentes para cada contaminante. 2) Información periódica sobre la contaminación de fondo. 3) En caso de que para determinados contaminantes se establezcan descuentos debidos a emisiones de fuentes naturales para el cálculo respecto del incumplimiento de objetivos de calidad se informará adecuadamente de la metodología seguida y de la justificación para la aplicación de tales descuentos. La información sobre la calidad del aire que España remite anualmente a la Comisión Europea en cumplimiento de las obligaciones previstas en la normativa comunitaria en materia de calidad del aire.

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Declaraciones y comunicaciones de los interesados

Tipo de destinatario:

Ciudadanos y Empresas

Requisitos:

Que los datos sean precisos y claros y constatados.

Documentación:

La documentación en la que figuren todos los datos de emisiones e inmisiones.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Durante todo el año con la periodicidad establecida en las propias autorizaciones y en la normativa aplicable.

Fecha:

13 de septiembre del 2019

Lugar presentación :

Registro auxiliar de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social, calle Lealtad, nº.24 (Edificio Matorras), 39002-Santander; o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 105. de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano instructor / Norma atributiva:

Director/a General de Medio Ambiente. / Artículo 41. de la Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado; artículo 7 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmosfera; artículo 26 de la Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera; artículo 27 de la Ley 37/2003 de 17 noviembre, de Ruido; y artículo 4 del Decreto 73/2005, de 30 de junio, por el que se aprueba la estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente.

Plazo de resolución:

No tiene

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

No Tiene

Via administrativa:

No agota la vía administrativa.

Normativa:

Texto Refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido. Ley 34/2007, de 15 de noviembre, de calidad del aire y protección de la atmósfera. Ley de Cantabria 17/2006, de 11 de diciembre, de Control Ambiental Integrado. Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, por el que se aprueba el reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley de prevención y control integrados de la de la contaminación.

Información al ciudadano:

Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .

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