Solicitud de información ambiental en materia de atmósfera, cambio climático, vertidos, calidad de aire, ruido, residuos, suelos, evaluación ambiental, comprobación ambiental y otras ambientales.
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Subdirección General del Medio Natural
Descripción:
Poder ejercitar el derecho de acceso a la información ambiental que obre en poder de las autoridades públicas o en el de otros sujetos en su nombre, sin que para ello estén obligados a declarar un interés determinado, cualquiera que sea su nacionalidad, domicilio o sede; el de ser informados de los derechos que le otorga la Ley de Información Ambiental y a ser asesorados para su correcto ejercicio; el de ser asistidos en su búsqueda de información y el de recibir la información que soliciten en los plazos máximos establecidos legalmente. A recibir la información ambiental solicitada en la forma o formato elegidos, en los términos previstos en el artículo 11. A conocer los motivos por los cuales no se les facilita la información, total o parcialmente, y también aquellos por los cuales no se les facilita dicha información en la forma o formato solicitados. A conocer el listado de las tasas y precios que, en su caso, sean exigibles para la recepción de la información solicitada, así como las circunstancias en las que se puede exigir o dispensar el pago
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Otros
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Requisitos:
Las solicitudes de información ambiental deberán dirigirse a la autoridad pública competente para resolverlas y se tramitarán de acuerdo con los procedimientos que se establezcan al efecto. Se entenderá por autoridad pública competente para resolver una solicitud de información ambiental, aquella en cuyo poder obra la información solicitada, directamente o a través de otros sujetos que la solicitud de información ambiental esté formulada de manera imprecisa.
Documentación:
Solicitud concreta y precisa de la información que se requiere. No puede ser general sino sobre puntos, materias, cuestiones concretas.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Durante todo el año.
Fecha:
13 de septiembre del 2019
Lugar presentación :
Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social; C/ Lealtad nº 24 (edificio Matorras), 39002 Santander, o por cualquiera de los medios establecidos en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Dirección General de Medio Ambiente / Artículo 10.1 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (BOE nº 71 de 19 de julio de 2006). Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC nº 152, 9 de agosto de 2005).
Órgano resuelve / Norma atributiva:
Dirección General de Medio ambiente / Artículo 10.1 de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (BOE nº 71 de 19 de julio de 2006); Decreto 73/2005, de 30 de junio, de estructura orgánica y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de la Consejería de Medio Ambiente (BOC nº 152, 9 de agosto de 2005).
Plazo de resolución:
1 Meses
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
Positivo
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Recursos:
Recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y si no lo es, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo. / Consejero/a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social.
Normativa:
Convenio de la Comisión Económica para Europa de Naciones Unidas sobre acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus el 25 de junio de 1998.Directiva 2003/4/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2003, sobre el acceso del público a la información ambiental.Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente (BOE Nº 171 de 19 de julio de 2006). Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
Información al ciudadano:
www. Medioambientecantabria.comTeléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
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