Detalle:

Autorización de conexión de un usuario al sistema público de saneamiento.

Consejería:

Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient

Dirección General:

Subdirección General del Medio Natural

Descripción:

Autorizar acometidas al sistema por personas físicas y jurídicas obligadas a obtener autorización.

Tipo de Inicio:

Interesado

Tipo procedimiento:

Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones

Tipo de destinatario:

Ciudadanos y Empresas

Requisitos:

(Art. 6 Reglamento)- Instalación de un sifón general o sistema similar en cada edificio para evitar el paso de gases.Arqueta de registro, con un elemento de aforo con un registro totalizador para la determinación exacta del caudal del efluente vertido.

Documentación:

(Art. 6 Reglamento)i. Planos de la red de desagüe del interior del edificio en planta y alzado, a escala adecuada, detallando expresamente los sifones generales y la ventilación aérea.ii. Descripción de las disposiciones y dimensiones adecuadas para un correcto desagüe, especificando el material, diámetro y pendiente longitudinal.

Tasa/Precio público:

No

Plazo presentación:

Todo el año.

Fecha:

13 de septiembre del 2019

Lugar presentación :

Registro Auxiliar de la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social y cualesquiera otros previstos en el art. 105 de la Ley de Cantabria 6/2002, de 10 de diciembre, de Régimen Jurídico del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria

Órgano instructor / Norma atributiva:

Dirección General de Medio Ambiente. / Ley de Cantabria 2/2002, de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Órgano resuelve / Norma atributiva:

Saneamiento en alta: Dirección General de Medio Ambiente. Saneamiento en baja: Ayuntamientos. / Ley de Cantabria 2/2002, de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria y Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de Bases de Régimen Local.

Plazo de resolución:

6 Meses

Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:

Negativo

Via administrativa:

No agota la vía administrativa.

Recursos:

Recurso de alzada / 1 mes si la resolución es expresa y 3 si no lo es / Consejero/a de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social

Normativa:

Ley de Cantabria 2/2002, de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria. Decreto 18/2009, de 12 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Público de Saneamiento y Depuración de Aguas Residuales de Cantabria.

Información al ciudadano:

Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania

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