Orden MED/14/2016
Descripción:
Orden MED/14/2016, de 8 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de ayudas a entidades locales para actuaciones de prevención de incendios forestales.
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 52
Fecha BOC: 16/03/2016
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Fecha inicio plazo presentación:
06/05/2016
Fecha finalización plazo presentación:
23/05/2016
Beneficiarios:
Podrán beneficiarse de las ayudas contempladas en la presente Orden las entidades locales titulares de montes ubicados en municipios con riesgo notable de incendios forestales, entendiendo como tales los definidos con riesgo moderado, alto y muy alto en el Plan Especial de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Cantabria sobre Incendios Forestales (INFOCANT), relacionados en el Anexo correspondiente de la convocatoria, siempre que cumplan los requisitos del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Documentación a adjuntar:
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
1.- Acreditación de encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, frente a la Seguridad Social y con la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o autorización expresa al órgano gestor para la obtención de los precitados datos (Anexo III).
2.- Datos administrativos y físicos de la finca, descripción de los trabajos para los que se solicita subvención, presupuesto de ejecución material y plano de la/s parcela/s objeto de actuación. El plano o área de actuación se presentará en formato papel y en formato shape digital georreferenciado (con la tabla asociada descrita en el anexo VI rellenando todos los campos e indicando los trabajos pretendidos), y deberá reflejar de forma exacta la superficie de actuación, dado que la ubicación es el factor fundamental que determina la posible concesión de la ayuda. Aquella información que por falta de espacio u otro motivo no pueda reflejarse en el impreso de solicitud se aportará como documentación complementaria.
3.- Cuando los terrenos NO pertenezcan a monte de Utilidad pública: Nota simple del Registro de la Propiedad o Acreditación de estar incluidos en el Inventario de bienes inmuebles.
4.- Cuando la superficie de actuación pertenezca a varios propietarios, el solicitante deberá presentar la autorización escrita de los mismos para realizar los trabajos y percibir las ayudas.
5.- Cualquier otro tipo de documentación que sea necesario para la puntuación del expediente (existencia de instrumento de gestión forestal del terreno; justificación de que el terreno esta adscrito a algún sistema de certificación forestal).
6.- En el caso de actividades que deban someterse al procedimiento de Evaluación ambiental previsto en la Ley 17/2006 de Control Ambiental Integrado, Declaración de Impacto Ambiental favorable emitida por la Consejería de Medio Ambiente.
Anexos:
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Modelo de solicitud
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- Anexos
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Orden del Consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 26 de abril de 2016, por la que se convoca para el 2016 de ayudas a entidades locales para actuaciones de prevención de incendios forestales
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Lugar presentación :
Órgano tramitador:
DIREC. GENERAL BIODIVERSIDAD, MEDIO AMBIENTE Y CAMBIO CLIMATICO
Avda. Albert Einstein, 2 - 39011 Santander
Teléfono: 942 20 75 93
Enlaces:
- Extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación, de 26 de abril de 2016, por la que se convocan para 2016 ayudas a entidades locales para actuaciones de prevención de incendios forestales
- Resolución por la que se acuerda la publicación del resultado de la tramitación de ayudas reguladas en el extracto de la Orden de la Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación de 26 de abril de 2016 por la que se convocan para 2016 ayudas a

