Declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola.
Consejería:
Consejería de Desarrollo Rural Ganadería Pesca Alimentación y Medio Ambient
Dirección General:
Dirección General Desarrollo Rural
Descripción:
Todos los cosecheros deberán presentar anualmente una declaración de cosecha que deberá cumplimentarse en los formularios o soportes que dispongan al efecto las respectivas comunidades autónomas, los cuales contendrán, al menos, los datos que figuran en el anexo I, partes a y b.
Tipo de Inicio:
Interesado
Tipo procedimiento:
Autorizaciones, licencias, concesiones y homologaciones
Tipo de destinatario:
Ciudadanos, Empresas y Administración
Impresos:
Anexo I a. Anexo I b.
Documentación:
Un único ejemplar del ANEXO I a y I b.
Tasa/Precio público:
No
Plazo presentación:
Hasta el 10 de diciembre de cada año.
Lugar presentación :
Oficinas Comarcales Agrarias y Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 134 de la Ley 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
Órgano instructor / Norma atributiva:
Servicio de Agricultura y Diversificación Rural. / Decreto 18/2000, de 17 de marzo, de estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca. Decreto 106/2019, de 23 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Orgánica Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
Plazo de resolución:
No tiene
Efectos del Silencio Administrativo o Inactividad de la Administración:
No Tiene
Via administrativa:
No agota la vía administrativa.
Normativa:
REGLAMENTO UE | Reglamento Delegado (UE) 2018/273 de la Comisión, de 11 de diciembre de 2017, por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe al régimen de autorizaciones para plantaciones de vid, el registro vitícola, los documentos de acompañamiento, lacertificación, el registro de entradas y salidas, las declaraciones obligatorias, las notificaciones y la publicación de la información notificada, y por el que se completa el Reglamento (UE) n.° 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los controles y sanciones pertinentes, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.° 555/2008, (CE) n.° 606/2009 y (CE) n.° 607/2009 de la Comisión y por el que se derogan el Reglamento(CE) n.° 436/2009 de la Comisión y el Reglamento Delegado (UE) 2015/560 de la Comisión. // Real Decreto 739/2015, de 31 de julio, sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola. // Real Decreto 557/2020, de 9 de junio, por el que se adoptan medidas extraordinarias en el sector del vino para hacer frente a la crisis causada por la pandemia de COVID-19, y por el que se fija una norma de comercialización en el sector del vino y se modifica la regulación sobre declaraciones obligatorias en el sector vitivinícola y el programa de apoyo al sector del vino.
Información al ciudadano:
Teléfono de información administrativa: llame al 012 https://www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania .
Anexos:
Fecha de IPSC (interno):
21 de noviembre del 2022
26773961