Orden GAN/50/2014
Descripción:
Orden GAN/50/2014, de 24 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan para el período 2014-2015 las ayudas de carácter socioeconómico para apoyar la compra del primer barco, destinadas a pescadores menores de 40 años, cofinanciadas por el Fondo Europeo de la Pesca (2007-2013).
Boletín Oficial de Cantabria
Número BOC: 149
Fecha BOC: 05/08/2014
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Fecha inicio plazo presentación:
06/08/2014
Fecha finalización plazo presentación:
05/09/2014
Beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en esta Orden los tripulantes cuyo domicilio fiscal se encuentre en Cantabria, y que reúnan, además de los exigidos en el resto de su normativa reguladora, los siguientes requisitos:
- Ser pescador menor de 40 años habiendo trabajado durante al menos cinco años como pescador o tener una formación profesional equivalente y adquirir por primera vez la propiedad parcial o total de un buque de pesca equipado para faenar en el mar, cuya eslora total sea inferior a 24 metros y cuya edad esté comprendida entre 5 y 30 años.
- Que el buque adquirido se encuentre operativo y esté inscrito en el Censo de la Flota Pesquera Operativa.
- Estar dado de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar.
Documentación a adjuntar:
Los solicitantes deberán aportar junto a la solicitud (anexo I) debidamente cumplimentada, la siguiente documentación:
a) Declaración responsable de no incurrir en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 12, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, de conformidad con el modelo establecido en el anexo II.
b) Declaración jurada del interesado sobre otras ayudas concedidas o solicitadas para la misma finalidad procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, de conformidad con el modelo establecido en el anexo II.
c) Informe de vida laboral expedido por el Instituto Social de la Marina o acreditar una formación profesional equivalente.
d) Fotocopia compulsada de la libreta de inscripción marítima o rol.
e) Compromiso de adquisición de la embarcación en el cual se cuantifique el importe de dicha adquisición, así como las características de la misma.
f) Declaración responsable de no ser, o haber sido, propietario de ninguna otra embarcación de pesca, de conformidad con el modelo establecido en el anexo II.
g) En su caso, documento acreditativo de la formación profesional o equivalente a cinco años de ejercicio de la profesión de pescador.
Anexos:
Lugar presentación :
Órgano tramitador:
DIREC. GENERAL DE PESCA Y ALIMENTACION
C/ Albert Einstein, 2 - 39011 Santander
Teléfono: 942 20 81 82



